Agencia Canaria de Evaluación y Acreditación Universitaria 
Estás en: Otras actividades | Contrato Programa | Financiación Básica y por Objetivos

Último boletín Acecau  
ISO 9001. Bureau Veritas Certification 
Icono de conformidad con el Nivel A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAIValid HTML 4.01 Transitional

 

Contrato Programa: Financiación Básica (FB) y Financiación por Objetivos (FB)

 

 

FINANCIACIÓN BÁSICA (FB) Y FINANCIACIÓN POR OBJETIVOS (FB)

 

 

La Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria (ACECAU) es un Organismo Autónomo de carácter administrativo adscrito orgánicamente a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que asume las funciones establecidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como las que se deriven de los contratos-programas del Gobierno con las Universidades canarias.

 

Por tal motivo, a la ACECAU, una vez aprobado el Plan de Financiación a las Universidades Canarias 2009-2013, por el Consejo de Gobierno el día 9 de septiembre de 2008, se le ha encomendado la tarea de acreditar los datos establecidos en el Contrato Programa articulado en función de: Financiación básica, destinada a financiar las actividades de docencia e investigación y, Financiación por objetivos, destinadas a incentivar mejoras en las áreas estratégicas de docencia, investigación y desarrollo e impacto social. Para ello, ha elaborado un Protocolo para acreditar la Financiación Básica y por Objetivos. (modificado marzo 2010)

 

 

A) FINANCIACIÓN BÁSICA

 

La financiación básica (FB) es la que debe garantizar el funcionamiento general de la Universidad y sufragar los costes de personal, gastos de bienes y servicios corrientes y gastos de reparación, mantenimiento y conservación de instalaciones y equipamientos procurando la eficiencia y calidad normal del sistema de enseñanzas oficiales y de la investigación básica.

 

Se basará en parámetros que tendrán en cuenta la docencia, la investigación y desarrollo. La financiación básica computará los costes del PDI, del PAS, gastos corrientes (GC), gastos de reposición y mantenimiento (GRM) y actuaciones encaminadas a la mejora de la calidad (MC).

 

1. Datos para la Financiación Básica

 

La evaluación de la financiación consta de las siguientes partes o bloques, según el Contrato Programa:

  • Bloque 1: Docencia de pregrado
  • Bloque 2: Titulacione
  • Bloque 3: Posgrado (tercer ciclo
  • Bloque 4: Actividad investigadora
  • Bloque 5: Personal docente e investigador
  • Bloque 6: Personal de administración y servicios

 

Para cada uno de estos bloques las Universidades aportará los datos estadísticos que se recogen en cada uno de los “Ficheros” que aporta el Contrato Programa, dichos datos deben venir acreditados por la organización competente.

 

 

B) FINANCIACIÓN POR OBJETIVOS

 

Está destinada a incentivar mejoras en las áreas consideradas estratégicas. Estas áreas estratégicas de actuación son las siguientes:

 

  • Mejorar la inserción laboral de los titulados.
  • Reducir las tasas de abandono y la duración real de las carreras
  • Favorecer la generación de nuevos doctores y la integración de investigadores que procedan de convocatorias competitivas
  • Favorecer la movilidad de estudiantes, PDI y PAS.
  • ncrementar las actuaciones relacionadas con programas de cooperación al desarrollo.
  • Aumentar la transferencia de innovación y conocimiento hacia la sociedad.
  • Mejorar la eficiencia y calidad en la gestión de los recursos.

 

1. Requisitos para aceder a la financiación por objetivos

 

Para poder acceder a la financiación por objetivos, según el Contrato Programa, las Universidades deben cumplir los tres requisitos siguientes:

 

  • No presentar déficit en el ejercicio presupuestario anterior, es decir, que los gastos no excedan los ingresos reconocidos. Si la Universidad tuviera déficit acumulado de ejercicios anteriores, que hubiera suplido con deuda, deberá aportar un plan de saneamiento financiero, quedando condicionado el acceso a la financiación por objetivos de los ejercicios siguientes al cumplimiento de dicho plan.

 

  • Disponer de RPT para PDI y PAS aprobadas por el Gobierno de Canarias, o bien, y sólo durante el primer año de vigencia del Contrato Programa, que ésta se encuentre en fase de trámite con la Dirección General de Universidades.

 

  • Disponer de un Plan Estratégico aprobado o en fase de tramitación durante el primer año de vigencia del Contrato Programa.

 

Procedimiento de evaluación

 

 

A. Plazo de entrega de los datos

 

Se solicitará a las Universidades que aporten antes del 30 de mayo de cada año la información necesaria para poder aplicar el modelo del ejercicio siguiente. Los datos se referirán al último curso académico cerrado y al último año natural, indicándose para cada indicador el periodo de tiempo para el que se solicita.

 

B. Documentación a aportar a la ACECAU

 

  • Modelo de solicitud (ANEXO A) (modoficado marzo 2010)
  • Documento “Declaración Responsable” (ANEXO B) (modoficado marzo 2010)
  • Los “ficheros” propuestos en el Contrato Programa.

 

C. Revisión de los datos

 

La información mencionada en el párrafo anterior será remitida por las Universidades, en el plazo indicado (30 de mayo) a la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria (ACECAU), la cual acreditará antes de remitirla a la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes. Para ello, la ACECAU ha elaborado un MODELO DE SOLICITUD y un Documento "DECLARACIÓN RESPONSABLE"  , que deberán rellenar las Universidades solicitantes y presentar en la ACECAU junto con los “Ficheros” que se encuentran dentro del Contrato Programa.

 

Una vez enviados estos datos, la ACECAU procederá a la evaluación y a la acreditación de éstos. Para ello, la ACECAU emitirá un Informe Acreditativo para cada bloque: Financiación Básica y Financiación por Objetivos, que le será remitido a la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

 

 

D. Ausencia o incoherencia de los datos

 

Según el Contrato Programa, en caso de que no se disponga de los datos para los cálculos del modelo en los plazos establecidos o, la información aportada no cuente con las garantías de fiabilidad, la financiación básica a percibir por la Universidad se determinará en función de la financiación obtenida en el ejercicio precedente más el incremento de las retribuciones contempladas para los empleados públicos en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

En caso de la financiación por objetivos, si no se dispone de los datos o estos no son correctos, no se incluirá la financiación aportada por el indicador o indicadores afectados por este hecho.

 

 

E. Envío o recepción de los datos

Las Universidades enviarán a la ACECAU sus modelos de evaluación junto con los “ficheros” propuestos en el Contrato Programa a través del correo electrónico.

 

Éstos deben enviarse en formato PDF por motivos de seguridad. También el Modelo de solicitud (ANEXO A) y el Documento de la “Declaración responsable” (ANEXO B) una vez firmados enviarse a través del correo postal o presentarlo en el registro de la Agencia.

 

NOTA IMPORTANTE:  La documentación presentada en la ACECAU se tendrá que aportar en FORMATO PAPEL y ELECTRÓNICO con la aportación de las EVIDENCIAS alegadas en la solicitud o modelo de evaluación.